Tema: Unificación de Declaración y Pago de Retenciones en la Fuente Vigente desde: 3 de
noviembre de 2025
- El Cambio Más Importante
A partir de ahora, la declaración y el pago de las Retenciones en la Fuente se consideran una sola
obligación.
Para que su declaración sea considerada «CUMPLIDA», debe estar PRESENTADA y PAGADA hasta
la fecha máxima de vencimiento.
Implicación Práctica
Si presenta la declaración, pero el pago es rechazado (por fondos insuficientes, error, etc.)
o no se realiza a tiempo, la obligación se considerará «NO CUMPLIDA».
Un estado «NO CUMPLIDA» genera automáticamente multas e intereses. - Los Nuevos Estados de su Declaración en el SRI
El SRI ha creado nuevos estados para reflejar este cambio. Es vital entender qué significa cada
uno:

- Impacto en el Certificado de Cumplimiento Tributario
Mientras su pago esté en estado «PENDIENTE», el certificado reflejará que está al día
hasta el mes anterior.
El certificado solo se actualizará para el mes actual una vez que el estado cambie a
«CUMPLIDA» (máx. 48 horas). - Recomendaciones Clave para Evitar Sanciones
Para evitar caer en «NO CUMPLIDA», multas e intereses, recomendamos: - Planificación de Fondos:
o Asegurar la disponibilidad de fondos suficientes en la cuenta bancaria antes de
presentar la declaración. - No Esperar al Último Día:
o Realizar la declaración y el pago con anticipación. Si paga el día del vencimiento y
el banco rechaza el pago o se demora, no habrá tiempo para corregirlo y será
considerado «incumplido».
Nuestro Compromiso (Paredes Santos & Asociados Cia. Ltda.)
Para evitar estos riesgos, efectuaremos nuestro trabajo con mayor anticipación a las fechas límite.
Es fundamental que usted, como cliente, disponga de los fondos en el banco a su debido tiempo
para garantizar el cumplimiento.
Atentamente,
PAREDES SANTOS & ASOCIADOS CIA. LTDA.